Ayer,
jueves 19 de marzo, entraba en vigor, tras su publicación en el Boletín Oficial
del Estado la Orden SND/257/2020, por la que se declara la suspensión de
apertura al público de establecimientos de alojamiento turístico (hoteles y alojamientos similares, alojamientos turísticos y
otros alojamientos de corta estancia, campings, aparcamientos de caravanas y
otros establecimientos similares, ubicados en cualquier parte del territorio
nacional). En la misma se señala que, con carácter excepcional, queda permitida
la prestación de los servicios de vigilancia, seguridad y mantenimiento en
estos establecimientos así como el alojamiento de clientes que, en el momento de
la declaración del estado de alarma, estuvieran hospedados de manera estable y
de temporada (siempre que sus ocupantes cuenten con las infraestructuras, en
sus propios espacios habitacionales, para poder llevar a cabo las actividades
de primera necesidad en los términos que establece el Real
Decreto 463/2020).
Cabe señalar, asimismo, que el cierre se producirá en el momento en que
el establecimiento no disponga de clientes a los que deba atender y, en todo
caso, en el plazo máximo de siete días naturales desde la entrada en vigor de
la presente norma.
El
edil de Turismo del Ayuntamiento de Águilas, Ginés Desiderio Navarro, ha
señalado que “desde la Concejalía de Turismo del Ayuntamiento de Águilas se está
dando conocimiento de esta Orden a los establecimientos turísticos de
nuestra localidad y se generará información en varios idiomas para sus clientes”.
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